Facturación para fisioterapeutas.
Tratamientos exentos, bonos y mutuas.
Factura sesiones y bonos con la exención de IVA bien puesta, y separa lo sanitario de lo que no lo es.
Qué IVA aplicas
Los tratamientos con finalidad sanitaria están exentos de IVA (artículo 20.Uno.3º de la Ley del IVA). Los servicios de bienestar o estética, como un masaje relajante, llevan el 21 %.
Retención de IRPF
Si facturas a una empresa o a otro autónomo, te retiene el 15 % (el 7 % el año en que empiezas y los dos siguientes). A particulares no se aplica retención.
Para facturar mejor
- Separa tratamiento (exento) de bienestar (21 %) en líneas distintas.
- Si trabajas con mutuas, factura a la mutua con sus datos.
- Para bonos, factura al cobrarlos.
Preguntas frecuentes
¿Mis sesiones llevan IVA?
Las que tienen finalidad sanitaria (diagnóstico, prevención o tratamiento) están exentas. Las de bienestar o estética llevan el 21 %.
¿Me retienen IRPF?
Si facturas a una empresa o a otro autónomo, te retiene el 15 % (el 7 % el año en que empiezas y los dos siguientes). A particulares no se aplica retención.
¿Cómo facturo a una mutua?
Como a cualquier empresa: con sus datos fiscales. Si es asistencia sanitaria, la factura va exenta de IVA.
Esta guía es orientativa: si tu caso tiene matices, revísalo con tu gestoría. Descarga también las plantillas de factura gratis o calcula tu retención de IRPF.
Tu próxima factura.
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